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¿Por qué la SAT aún no puede fiscalizar a las plataformas de streaming?
Guatemala necesita una legislación moderna para poder cobrar a las plataformas de streaming y de ventas electrónicas que operan desde el extranjero, según funcionarios de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Desde el 2022 la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que efectuaba estudios para implementar medidas de cobro de impuestos a las empresas que brindan el servicio de streaming en el país.
Además de los Airbnb, a las de taxi privado denominado Uber, y posteriormente amplió su intención hacia gigantes tecnológicos (entre estos Meta -Facebook-) para que paguen impuestos en el país por la publicidad que venden, otros negocios que realizan en Guatemala.
Consultado respecto a los cobros de impuestos para las plataformas de los servicios de streaming y ventas en línea, este 31 de marzo del 2025, el superintendente interino de la SAT, Armando Pokus, explicó que para ello se necesita legislación en el país.
Explicó que no se trata de que se hagan nuevos impuestos sino contar con la legislación correcta, y agregó que las plataformas que están ubicadas fuera del país están dispuestas a pagar los impuestos, cuando esa legislación en Guatemala también lo permita.
Según el superintendente interino, sería un aporte muy positivo de los diputados acerca de que el país legisle sobre esa materia.
Expuso que ha habido muchos esfuerzos positivos para que no solo la SAT, sino cualquier institución pública, no atropelle al ciudadano, pero por otro lado también hay que ayudar a las instituciones públicas a que hagan las cosas de la manera correcta, al referirse a esa legislación necesaria.
Érick Echeverría, intendente de Recaudación de la SAT, explicó que, en el caso de los streaming y cualquier otro segmento de plataformas de economía digital, es similar la plataforma de los Airbnb, es decir aún no hay legislación en el país para cobrarle a la cadena por ejemplo, la aplicación móvil o plataforma que generó el servicio.
Esa parte no está regulada y precisa de una legislación en el país para que derivado del servicio que presta, tenga que hacer un pago efectivo a la Administración Tributaria, agregó.
Consultado si se está trabajando en una propuesta para modificar o crear la legislación necesaria, Echeverría comentó que la administración tributaria no tiene facultad para presentar una iniciativa de ley, pero sí ha estado participando con el Ministerio de Finanzas en algunas en algunas propuestas para poder concretar una iniciativa particular.
Abelardo Medina, exintendente de recaudación de la SAT, dijo en esa ocasión que uno de los agujeros fiscales que tiene la administración tributaria es el cobro de los servicios electrónicos, en especial a los de streming, ya que la legislación del IVA no incluyó la gravación de la introducción de servicios desde fuera de territorio guatemalteco, aunque es consumo que realizan las personas dentro del país, por lo que debe modificarse la ley.
Explicó que a su criterio por el servicio debería pagarse el IVA, pero que difícil cuando el pago es en efectivo o se hace fuera del territorio nacional.