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Politiquería tergiversa al Derecho
Argumentación güizachesca resta respeto a los jueces y a la legalidad.
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La lucha política ha derivado en acciones jurídicas con la sola finalidad del hostigamiento. A través de procedimientos legales controversiales no se aclara cabalmente el origen o motivo de su interposición, se degrada la actuación policial y se esconden dobles intenciones. Una repetición deleznable consiste en recurrir a la acción de amparo. Su objeto en la regulación constitucional, decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente, establece claramente realizarse en defensa de las personas. El amparo protege por medio de una acción restaurativa, donde se enerva a un infractor produciendo un daño, o restaurar derechos contra un hecho consumado. Muy difícilmente será concedido por un tribunal contra una institución con todo su equipo profesional. Aun así, se promueve con discursos equívocos para confusión de la ciudadanía.
Los sofismas legales argumentativos desmovilizan y desacreditan a las instituciones de justicia.
Igual acontece con los nombramientos en funciones públicas por órganos colectivos. Los electos a una junta directiva no están cubiertos por la garantía de no deposición. Al contrario, la asamblea conserva el derecho de desconocimiento y nuevo nombramiento en acuerdo de mayoría. En el Congreso se ha llegado a utilizar el concepto de golpe de Estado, cuando aparentemente la junta directiva ha perdido el favor de la mayoría. En un órgano de dirección, el nombrado no fue electo para cumplir un período, sino para ejercer una función. En el momento de cesar en esa facultad porque la asamblea de representados no desea su actuación, debe darse paso a una nueva elección.
Alegatos pretendidamente jurídicos lanzados para confundir a la población generan desconfianza en el derecho y los jueces. Es lógico rechazar las demandas claramente improcedentes. No se les puede calificar de frívolas, pues alteran la vida política y aumentan comentarios de legos con poco conocimiento del derecho. El alargar procesos judiciales solo busca ganar tiempo; por lo tanto, se califica como trivial porque no sirven a la defensa o a la acusación certera. En cambio, el uso malicioso de pretensiones, a sabiendas, no adecuadas para tratar controversias, envenena la vida cívica. No se pretende conseguir resultados judiciales, sino obtener acciones políticas de grupos manipulados por su bajo conocimiento del derecho.
En los últimos meses, los abogados en funciones públicas no debiesen haber generado actuaciones enredadas y falaces donde no se aclara la finalidad del ejercicio de la persecución penal y su lógico tratamiento en un tribunal imparcial, independiente y sustentado en el conocimiento legal. Lo sucedido habla mal de quienes debieran apoyar la generalización de una conciencia a favor del régimen de legalidad. Este se refiere a la observancia en todas las acciones y procedimientos a lo establecido normativamente. El régimen democrático ofrece el derecho de defensa y las resoluciones de juzgadores imparciales. Puede existir arbitrariedad en algunas de las actuaciones de los funcionarios, pero cuando pasa a conocimiento de un tercero, el tribunal de derecho con sus instancias, se le aprecia como una garantía del control del poder y, por lo tanto, fortalece la convicción de defender al Estado democrático de derecho.
Los arrebatos de altos funcionarios, condenas por odios personales entre autoridades, no tienen justificación ni debiesen haber servido para confundir a los crédulos de los respectivos bandos. Anunciar golpes de Estado, irretroactividad ante decisiones legislativas procedentes o privilegios inconsistentes amerita no escuchar a quienes dañan la institucionalidad necesaria para mantener la salud de la república.