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Fallo de CC prolonga injerencia en educación
¿Qué está esperando para cerrar este espacio de opacidad que atenta contra la institucionalidad?
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La Corte de Constitucionalidad actual, a cuyos magistrados titulares y suplentes ya les quedan menos de 10 meses en los cargos, resulta ser a veces tan ubicua y otras, tan ausente; a veces tan rápida para salir a atajar ciertas situaciones, decisiones y disposiciones de los organismos de Estado y otras, tan demorosa. Es como si sus siglas significaran ahora “cuando conviene”, “contradicciones criticables” o “concesiones calculadas”. No es el primer asunto de gran impacto en el interés ciudadano que la CC resuelve sin dilucidar bien.
La CC resolvió ayer denegar la suspensión provisional de siete artículos del pacto colectivo magisterial, después de casi dos meses de que la Procuraduría General de la Nación interpusiera un recurso de inconstitucionalidad en contra de tales estamentos, negociados a escondidas por anteriores titulares de Educación, avalado por varios presidentes a espaldas de la ciudadanía y que permite injerencias sindicales indebidas en la labor de las autoridades ministeriales. La CC dejó vigentes los textos impugnados en tanto se analiza un fallo final, después de escuchar en audiencia a los encartados.
El problema es que, con esta disposición provisional, la CC permite la continuidad del riesgo de injerencia en la administración educativa del país: una situación lesiva que debería ser evidente y suficiente para que los magistrados a cargo ordenaran la suspensión precautoria. En lugar de eso, le deja la puerta abierta a un grupo plagado de intereses ajenos a la calidad educativa y sobre el cual recae, en buena medida, el notorio estancamiento de la enseñanza pública. El acta del fallo aparece con las firmas favorables de cinco magistrados titulares, y aunque la magistrada Leyla Lemus aseguró que se opuso a él, por un error informático se registró su voto como favorable y ofreció razonarlo en contra.
En este momento, para propósitos legales, sociales, gubernamentales, políticos, educativos y para la historia de esta CC, lo que cuenta es el acta difundida con la resolución, en la cual se resuelve —por mayoría— mantener los artículos impugnados del pacto magisterial. Los magistrados opuestos a la suspensión son Néster Vásquez Pimentel, Roberto Molina Barreto, Dina Josefina Ochoa y Héctor Hugo Pérez Aguilera, quien también habría estado, antes, a favor de la suspensión provisional solicitada por la PGN, pero al final no votó en contra.
Este no es el único recurso que la CC mantiene sin resolver respecto del pulso entre la organización magisterial encabezada por el sindicalista Joviel Acevedo y el actual gobierno, a causa del secretismo exigido por los acevedistas en las negociaciones colectivas desde hace dos décadas y que han conducido a la distorsión convenenciera de planes de mejora en la educación pública. En el 2024, el Ejecutivo hizo una consulta a la CC acerca de la legalidad y constitucionalidad de este hermetismo. El artículo 30 de la Constitución Política de la República instituye que todos los actos de la administración gubernamental son públicos. La CC endosó la resolución a la anterior Corte Suprema de Justicia, que mantuvo el secretismo; luego ordenó a la actual CSJ que vuelva a abordar el tema. Hasta la fecha, solo dilación.
El Movimiento Cívico Nacional interpuso un amparo en la Corte de Constitucionalidad en contra de cualquier secretismo en la negociación del pacto magisterial. En febrero último hubo una vista pública en la cual se expuso la contravención del artículo 30 que implica la confidencialidad, la cual aún no resuelve la CC. ¿Qué está esperando para cerrar este espacio de opacidad que atenta contra la institucionalidad?