CC ampara a CACIF, suspende nombramiento y anula actuaciones de Menkos en Banguat
La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió de manera provisional el nombramiento hecho por el presidente Bernardo Arévalo sobre Jonathan Menkos como presidente del Banco de Guatemala (Banguat). Lo anterior implica que queda suspendido su nombramiento y queda sin efecto toda aquella acción desde que Menkos tomó posesión, entre ellas, las cuatro gerencias que renunciaron y […]
La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió de manera provisional el nombramiento hecho por el presidente Bernardo Arévalo sobre Jonathan Menkos como presidente del Banco de Guatemala (Banguat).
Lo anterior implica que queda suspendido su nombramiento y queda sin efecto toda aquella acción desde que Menkos tomó posesión, entre ellas, las cuatro gerencias que renunciaron y que, él, en su calidad de presidente de la Junta Monetaria, aceptó.
El amparo se otorgó tanto al Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) como al que presentó el diputado Allan Rodríguez.
Así mismo, los magistrados conminan al presidente que, «previo a efectuar cualquier nombramiento, verifique que la persona a designar no solo cumpla con los requisitos de validez y calidades necesarias, así como que no se encuentre comprendida en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para ocupar y ejercer el cargo de que se trate y se abstenga de nombrar personas que incumplen con lo dispuesto en los artículos 14 y 28 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, asegurándose además de que con el nombramiento no se violen normas constitucionales respecto a la función pública».

Los votos a favor de otorgar el amparo fueron de los tres magistrados que urgieron a la magistrada presidenta convocar a una sesión para conocer el amparo: Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa y Julia Marisol Rivera.
La magistrada designada por Bernardo Arévalo, Anabella Morfin, y la Astrid Lemus, ambas votaron contra, pero con un voto razonado.
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EL ARGUMENTO DE ARÉVALO Y MENKOS, Y LOS IMPEDIMENTOS DEL BANGUAT
Uno de los impedimentos que presenta la referida ley, en su artículo 18, es que aquellos que opten a cargos titulares o suplentes en la Junta Monetaria —la cual el presidente del Banguat integra— no deben ostentar un cargo remunerado en ninguna entidad del Estado, ya sea por nombramiento o elección popular.
Sin embargo, el Ejecutivo argumentaba, bajo el artículo 160 de la Constitución, que con dicha autorización, Menkos, primero diputado y ahora exministro, puede desempeñar el cargo en cualquier entidad descentralizada o autónoma, aunque el permiso es por el tiempo que duren sus funciones ejecutivas.
El permiso original fue solicitado exclusivamente para la función ministerial.
Mientras Arévalo y Menkos justificaban que el permiso concedido por el Organismo Legislativo en 2024 todavía era aplicable para esta situación, cuando dejó su curul y fue designado ministro de Finanzas Públicas, hoy, por mayoría, los magistrados de la CC dejaron en suspenso la llegada del exministro al Banguat.
